Modelo de Hacienda · IVA

Modelo 390: el resumen anual del IVA, paso a paso

El modelo 390 es la declaración-resumen anual del IVA: recoge en un solo documento lo que has declarado en los modelos 303 del año, más algunos datos que solo se piden una vez al año. No tiene cuota, pero tiene que cuadrar al céntimo con tus trimestres. Te explicamos quién lo presenta, quién está exonerado, el plazo y cómo Facturatum lo prepara desde tus facturas.

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Impuesto
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
Tipo de declaración
Resumen anual informativo, sin ingreso ni devolución
Quién lo presenta
Quienes presentan el modelo 303, salvo los exonerados
Plazo
Del 1 al 30 de enero del año siguiente
Forma de presentación
Telemática, con certificado electrónico, Cl@ve o apoderamiento
En Facturatum
Cálculo desde tus facturas, validación AEAT y presentación telemática

Qué es el modelo 390

El 390 es la declaración-resumen anual del IVA. Mientras que el modelo 303 liquida el impuesto trimestre a trimestre (o mes a mes), el 390 lo resume todo en una sola declaración al cerrar el ejercicio: bases y cuotas del IVA devengado por tipos, IVA deducible por conceptos, operaciones en regímenes especiales, volumen total de operaciones y el resultado de cada liquidación del año.

Es una declaración informativa: no se ingresa ni se pide devolución con ella. El dinero se mueve en los 303; el 390 sirve para que Hacienda compruebe que la suma de tus liquidaciones es coherente con tu actividad del año. Por eso cualquier diferencia entre el 390 y la suma de tus 303 es una señal de alerta que conviene resolver antes de presentar.

Quién tiene que presentar el modelo 390

En general, lo presentan todos los autónomos y sociedades obligados a presentar el modelo 303, aunque en algún trimestre no hayan tenido actividad. Si has presentado al menos un 303 en el año, lo normal es que también tengas que presentar el 390.

  • Exonerados por el SII: quienes llevan los libros de IVA a través del Suministro Inmediato de Información no presentan el 390, porque Hacienda ya tiene sus registros factura a factura.
  • Exonerados por su actividad: quienes tributan solo en territorio común y realizan únicamente actividades en régimen simplificado del IVA y/o de arrendamiento de inmuebles urbanos, en las condiciones que fija la orden del modelo. A cambio, completan la información anual en el 303 del último periodo del año.

Si tienes dudas sobre si estás exonerado, revisa las instrucciones vigentes del modelo en la Sede de la AEAT o consulta con tu asesoría: las condiciones dependen de las actividades que desarrollas y de dónde tributas.

Plazo de presentación del 390

Ejercicio natural
PeriodoPlazo
Resumen del año anteriorDel 1 al 30 de enero

El plazo coincide con el del 303 del cuarto trimestre, así que lo práctico es preparar ambos a la vez: primero cierras el último 303 y luego generas el 390 con todos los datos del año ya consolidados. Si el último día es inhábil, el plazo pasa al siguiente día hábil. Tienes todas las fechas en el calendario.

Qué recoge el modelo 390

ApartadoQué contiene
Datos identificativos y actividadesNIF, actividades desarrolladas con su clave y epígrafe, y si has aplicado regímenes especiales o prorrata.
IVA devengadoBases imponibles y cuotas del año por tipo (4 %, 10 % y 21 %), adquisiciones intracomunitarias, inversión del sujeto pasivo y modificaciones de bases.
IVA deducibleCuotas soportadas en operaciones interiores, bienes de inversión, importaciones y adquisiciones intracomunitarias, con sus regularizaciones.
Regímenes especiales y prorrataDatos del régimen simplificado, criterio de caja, recargo de equivalencia y porcentajes de prorrata provisional y definitiva, si aplican.
Resultado de las liquidacionesResultado de cada 303 del año, cuotas a compensar y, en su caso, devoluciones solicitadas.
Volumen de operacionesTotal de operaciones del ejercicio, incluidas las entregas intracomunitarias, las exportaciones y las operaciones exentas.

El volumen de operaciones es un dato especialmente relevante: Hacienda lo cruza con otras declaraciones y determina, por ejemplo, si al año siguiente pasas a declarar mensualmente como gran empresa. Las ventas a empresas de otros países de la UE también se detallan por cliente en el modelo 349.

  1. 1

    Cierra el cuarto trimestre

    Revisa y presenta el 303 del último periodo: el 390 se apoya en las liquidaciones de todo el año.

  2. 2

    Abre el 390 del ejercicio

    En Modelos Hacienda eliges el año; Facturatum calcula el resumen desde tus facturas emitidas y recibidas.

  3. 3

    Compara con tus 303

    Revisas que las bases, las cuotas y los resultados coinciden con lo que declaraste trimestre a trimestre, y ajustas a mano lo que haga falta.

  4. 4

    Valida con la AEAT

    Facturatum envía el borrador al servicio de validación de Hacienda sin presentarlo; cada error te lleva al apartado afectado.

  5. 5

    Firma y presenta

    Con el certificado de la empresa, lo presentas desde Facturatum y guardas el justificante. También puedes descargar el fichero oficial o el PDF.

Errores frecuentes al hacer el 390

  • Que la suma de los 303 del año no coincida con el resumen: suele deberse a facturas registradas después de presentar un trimestre.
  • Olvidar incluir en el volumen de operaciones las entregas intracomunitarias, las exportaciones o las operaciones exentas.
  • No reflejar la prorrata definitiva cuando has aplicado una provisional durante el año.
  • Presentarlo estando exonerado (o no presentarlo creyendo estarlo) sin revisar las condiciones del ejercicio.
  • Declarar mal las actividades y sus epígrafes cuando tienes más de una.

Qué pasa si lo presentas tarde

Como el 390 no tiene cuota, presentarlo fuera de plazo no genera recargo, sino una sanción de cuantía fija prevista en el artículo 198 de la Ley General Tributaria, que se reduce a la mitad si lo presentas sin que Hacienda te lo haya requerido. Si los datos son incorrectos o incompletos, también puede haber sanción. Lo más sensato es presentarlo en plazo y, si después detectas un error, corregirlo con una declaración sustitutiva.

Relación con otros modelos

  • Modelo 303: las liquidaciones periódicas que el 390 resume. Los datos deben coincidir.
  • Modelo 349: detalle por operador de las entregas y adquisiciones intracomunitarias que también figuran en el 390.
  • Modelo 347: operaciones con terceros por encima de 3.005,06 € al año, que Hacienda cruza con tu facturación.
  • Impuesto sobre la renta o sobre sociedades: los ingresos que declaras deben ser coherentes con el volumen de operaciones del 390.

Cómo te ayuda Facturatum con el 390

Facturatum genera el 390 a partir de las mismas facturas emitidas y recibidas que alimentan tus 303, así que no tienes que volver a teclear nada. Calcula el resumen, lo valida con la AEAT antes de presentarlo y lo presenta telemáticamente con el certificado de tu empresa. Si trabajas con una asesoría, puede revisarlo en la misma herramienta antes de firmarlo; la decisión final sobre los datos sigue siendo tuya o de tu asesor.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar algo con el modelo 390?

No. El 390 es un resumen informativo: el IVA se ingresa o se compensa en cada modelo 303. El 390 solo recapitula lo declarado durante el año.

¿Cuándo se presenta el modelo 390?

Del 1 al 30 de enero del año siguiente, el mismo plazo que el 303 del cuarto trimestre. Si el último día es inhábil, se amplía al siguiente día hábil.

¿Quién no tiene que presentar el 390?

Quienes llevan sus libros por el SII y quienes, tributando solo en territorio común, realizan únicamente actividades en régimen simplificado o de arrendamiento de inmuebles urbanos, que completan los datos anuales en el último 303.

¿Qué hago si el 390 no cuadra con mis 303?

Localiza la diferencia antes de presentar: normalmente es una factura registrada tarde o un ajuste hecho en un trimestre. Si el error está en un 303, corrígelo con una autoliquidación rectificativa del periodo afectado.

¿Facturatum presenta el 390 por mí?

Facturatum calcula el 390 desde tus facturas, lo valida con la AEAT y lo presenta telemáticamente con el certificado electrónico de tu empresa cuando tú lo firmas. La responsabilidad de los datos sigue siendo tuya o de tu asesoría.

Fuentes oficiales

Contenido informativo. Comprueba siempre la normativa vigente en la sede de la AEAT y el BOE, o consulta a tu asesor.