Qué es el modelo 130
El 130 es la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF para empresarios y profesionales que calculan su rendimiento en estimación directa. En lugar de pagar todo el impuesto de golpe en la Renta, vas adelantando una parte cada trimestre. Lo que ingresas con los 130 del año se descuenta después en tu declaración de la Renta.
El cálculo es acumulado: en cada trimestre tomas los ingresos y gastos desde el 1 de enero hasta el final del periodo, calculas el 20 % del rendimiento neto y le restas lo que ya pagaste en los trimestres anteriores y las retenciones que te han practicado. Por eso el 130 depende de llevar bien al día tus facturas emitidas y tus gastos.
Quién tiene que presentar el modelo 130
- Autónomos en estimación directa normal o simplificada: comercios, hosteleros, profesionales, servicios…
- Profesionales cuyas facturas llevan poca o ninguna retención (por ejemplo, porque facturan sobre todo a particulares).
- Socios de comunidades de bienes o sociedades civiles sin personalidad jurídica, por la parte del rendimiento que les corresponde.
No presentan el 130 los profesionales que el año anterior facturaron con retención al menos el 70 % de sus ingresos de la actividad (en el primer año se mira el año en curso). Tampoco las sociedades, que hacen pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades con el modelo 202, ni los autónomos en módulos, que usan el modelo 131.
Plazos de presentación del 130
| Periodo | Plazo |
|---|---|
| 1.er trimestre | Del 1 al 20 de abril |
| 2.º trimestre | Del 1 al 20 de julio |
| 3.er trimestre | Del 1 al 20 de octubre |
| 4.º trimestre | Del 1 al 30 de enero del año siguiente |
Si domicilias el pago, el plazo para presentarlo termina antes: hasta el día 15 del mes de presentación (en el cuarto trimestre, hasta el 25 de enero). Si el resultado es cero o negativo, el 130 se presenta igualmente. Tienes todas las fechas en el calendario.
Las casillas del 130 que más importan
| Casillas | Qué recogen |
|---|---|
| [01] | Ingresos computables de la actividad desde el 1 de enero hasta el final del trimestre. |
| [02] | Gastos fiscalmente deducibles del mismo periodo (incluida la cuota de autónomos). |
| [03] | Rendimiento neto: ingresos menos gastos. |
| [04] | El 20 % del rendimiento neto, si es positivo. |
| [05] | Pagos fraccionados ingresados en los trimestres anteriores del año. |
| [06] | Retenciones e ingresos a cuenta soportados en tus facturas desde el 1 de enero. |
| [07] | Pago fraccionado previo del trimestre: [04] menos [05] menos [06]. |
| Liquidación | Minoración por rendimientos bajos, resultados negativos de trimestres anteriores, deducción por préstamo de vivienda habitual (si procede) y resultado final. |
Ejemplo: si a 30 de junio llevas 30.000 € de ingresos y 12.000 € de gastos, tu rendimiento es de 18.000 € y el 20 % son 3.600 €. Si en el primer trimestre pagaste 1.500 € y te han retenido 600 € en el semestre, el 130 del segundo trimestre sale a 1.500 €.
En estimación directa simplificada, además de los gastos justificados con factura, puedes deducir un porcentaje de gastos de difícil justificación sobre el rendimiento, con un límite anual. Tu asesoría te confirmará el porcentaje vigente; lo importante es aplicarlo de forma coherente en todos los trimestres.
- 1
Registra ingresos y gastos
Tus facturas emitidas y recibidas del año alimentan el cálculo, con sus retenciones.
- 2
Abre el 130 del trimestre
En Modelos Hacienda eliges ejercicio y trimestre; Facturatum calcula las casillas en un formulario por apartados como el de la Sede.
- 3
Revisa el resultado
Compruebas ingresos, gastos, pagos anteriores y retenciones, y ajustas lo que haga falta.
- 4
Elige cómo pagas
Indicas domiciliación con tu IBAN (hasta el día 15 del mes de presentación) o el NRC si ya has pagado.
- 5
Presenta en la Sede
Descargas el fichero oficial y lo importas en la Sede de la AEAT; la presentación directa desde Facturatum se está activando de forma progresiva.
- 6
Registra el pago
Al registrar el pago, Facturatum crea el asiento de la cuenta 473 contra el banco.
Errores frecuentes al hacer el 130
- Calcular solo el trimestre en lugar de los datos acumulados desde el 1 de enero.
- Olvidar restar los pagos de los trimestres anteriores o las retenciones de tus facturas.
- No incluir gastos deducibles como la cuota de autónomos o los suministros afectos a la actividad.
- Dejar de presentarlo cuando sale a cero o negativo: también hay que presentarlo.
- Presentarlo estando exonerado por la regla del 70 % de retenciones, o al revés, no presentarlo sin cumplirla.
Qué pasa si lo presentas tarde
Si presentas el 130 fuera de plazo sin requerimiento de Hacienda, pagas un recargo del 1 % más un 1 % adicional por cada mes completo de retraso; pasados 12 meses, el recargo es del 15 % más intereses de demora. Si es Hacienda quien te lo reclama, hay sanción. Aunque luego en la Renta salga a devolver, el retraso en el pago fraccionado se penaliza igual.
Relación con otros modelos
Los pagos de los cuatro 130 del año se restan en tu declaración de la Renta, en la casilla de pagos fraccionados. El 130 suele ir de la mano del modelo 303 del IVA, que se presenta en las mismas fechas. Si tienes trabajadores o pagas a profesionales, también presentarás el modelo 111, y si alquilas un local, el modelo 115. Si tributas en módulos, en lugar del 130 presentas el modelo 131.
Cómo te ayuda Facturatum con el 130
Facturatum calcula el 130 desde tus facturas, te lo muestra en un formulario por apartados como el de la Sede y genera el fichero oficial para importarlo. Te deja elegir domiciliación o NRC y, al registrar el pago, crea el asiento contable. Al calcular el cuarto trimestre te avisa de la suma de pagos fraccionados del año, una cifra orientativa para la casilla [0604] de la Renta.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el modelo 130 si soy autónomo y facturo con retención?
Si el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad llevaron retención, no estás obligado. Si no llegas a ese porcentaje, sí debes presentarlo.
¿Qué hago si el 130 me sale negativo?
Lo presentas con resultado cero. El importe negativo se puede restar en los trimestres siguientes del mismo año.
¿El 130 se calcula sobre el trimestre o sobre el año?
Sobre los datos acumulados desde el 1 de enero hasta el final del trimestre, restando lo ya pagado en los trimestres anteriores.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 130 y el 131?
El 130 es para autónomos en estimación directa y se calcula sobre el beneficio real; el 131 es para estimación objetiva (módulos) y se calcula con los signos y módulos de la actividad.
¿Facturatum presenta el 130 por mí?
Facturatum calcula el 130 y genera el fichero oficial para importar en la Sede; la presentación directa desde Facturatum se está activando de forma progresiva. La revisión final sigue siendo tuya o de tu asesoría.
Fuentes oficiales
- Modelo 130 en la Sede de la AEAT
- Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE)
- Ley 58/2003 General Tributaria, artículo 27 (recargos)
Contenido informativo. Comprueba siempre la normativa vigente en la sede de la AEAT y el BOE, o consulta a tu asesor.