Qué es el modelo 180
El 180 es el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas por arrendamiento de inmuebles urbanos. A lo largo del año, cada trimestre has ingresado esas retenciones con el modelo 115, pero de forma global, sin decir a quién correspondían. En el 180 desglosas esa cifra: cuánto has pagado a cada arrendador, por qué inmueble y cuánto le has retenido.
Es una declaración informativa: no se ingresa nada. Hacienda la usa para cruzar datos con la declaración del propietario, que tiene que declarar los alquileres cobrados y puede deducirse las retenciones que tú le practicaste. Por eso es importante que los datos sean exactos.
Un ejemplo: si durante el año has pagado 12.000 € de alquiler (sin IVA) por tu oficina a un mismo propietario, cada trimestre habrás declarado en el 115 una base de 3.000 € y 570 € de retenciones. En el 180 aparecerá un único registro para ese arrendador y ese inmueble, con 12.000 € de base y 2.280 € retenidos. Si además alquilas un almacén a otro propietario, tendrá su propio registro, con su referencia catastral y su dirección.
Quién tiene que presentar el modelo 180
Lo presentan las empresas y los autónomos que han estado obligados a retener por el alquiler de inmuebles urbanos durante el año: en la práctica, todos los que han presentado algún modelo 115 con retenciones.
- Autónomos que pagan el alquiler de su local, despacho u oficina.
- Sociedades que alquilan oficinas, naves, almacenes o locales.
- Empresas que alquilan viviendas u otros inmuebles urbanos con retención.
Si durante el año no has practicado ninguna retención por alquileres (por ejemplo, porque se aplicaba alguna de las excepciones), no tienes que presentar el 180.
Plazo de presentación del 180
| Periodo | Plazo |
|---|---|
| Resumen del año anterior | Del 1 al 31 de enero |
Coincide con el 115 del cuarto trimestre (del 1 al 20 de enero) y con el resumen de retenciones de trabajadores y profesionales, el modelo 190. Conviene preparar el 4T del 115 y el 180 a la vez, para que las cifras cuadren. Tienes todas las fechas en el calendario.
Qué datos lleva el 180
El 180 tiene un resumen con los totales del año y un registro por cada combinación de arrendador e inmueble.
| Bloque | Qué recoge |
|---|---|
| Declarante | NIF y nombre de quien retiene, ejercicio y persona de contacto. |
| Resumen | Número total de perceptores, base de las retenciones e importe total retenido en el año. |
| Perceptor | NIF, apellidos y nombre o razón social del arrendador, y provincia de su domicilio. |
| Importes | Base de la retención (alquiler sin IVA) y retención practicada, con el ejercicio de devengo. |
| Inmueble | Situación del inmueble, referencia catastral y dirección completa (tipo de vía, nombre, número, municipio y código postal). |
La suma de las retenciones del 180 debe coincidir con la de los cuatro 115 del año (o los doce, si los presentas mensualmente). Si no cuadra, revisa antes de presentar si falta alguna factura o algún trimestre.
Los datos del inmueble son los que más se olvidan, porque no aparecen en las facturas del alquiler. Tenlos a mano antes de empezar: el contrato de arrendamiento y el recibo del IBI suelen incluir la referencia catastral y la dirección exacta. Si cambias de local a mitad de año, cada inmueble lleva su propio registro con lo pagado por él.
- 1
Cierra el 115 del último trimestre
Así las facturas de alquiler del año están todas registradas y declaradas.
- 2
Abre el 180 del ejercicio
En Modelos Hacienda eliges el año; Facturatum agrupa las retenciones por arrendador.
- 3
Completa los datos que faltan
Los datos que Facturatum no conoce, como la provincia del arrendador o los datos del inmueble, los completas a mano.
- 4
Revisa los totales
Compara la base y las retenciones con lo declarado en los modelos 115 del año.
- 5
Descarga el fichero oficial
Lo importas en la Sede de la AEAT y lo presentas con tu certificado electrónico.
Errores frecuentes al hacer el 180
- Que el total de retenciones no coincida con la suma de los modelos 115 del año.
- Poner mal la referencia catastral o la dirección del local.
- Agrupar en un solo registro dos inmuebles alquilados al mismo propietario.
- Usar un NIF incorrecto del arrendador o el de otra empresa de su grupo.
- Olvidar incluir un arrendador al que solo se le pagó parte del año.
Qué pasa si lo presentas tarde
Como el 180 no tiene cuota, no hay recargo: presentarlo tarde o con datos incorrectos es una infracción sancionada con una multa fija de la Ley General Tributaria, que depende del número de datos afectados y que se reduce a la mitad si lo presentas fuera de plazo sin que Hacienda te lo haya requerido. Si detectas un error después de presentarlo, puedes presentar una declaración complementaria o sustitutiva.
Relación con otros modelos
El 180 es el resumen anual del modelo 115. Sus equivalentes para otras retenciones son el modelo 190 (trabajadores y profesionales, resumen del modelo 111) y el modelo 193 (rendimientos del capital mobiliario, como intereses o dividendos). El IVA de esas mismas facturas de alquiler no aparece aquí: se deduce en el modelo 303 de cada trimestre.
Cómo te ayuda Facturatum con el 180
Facturatum parte de las facturas de alquiler registradas durante el año, las mismas que alimentan tus modelos 115, agrupa las retenciones por arrendador, te deja completar a mano los datos del perceptor y del inmueble que no conoce y genera el fichero oficial para importarlo en la Sede de la AEAT. Así el resumen anual sale de los mismos datos que los trimestres.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el 180 si he presentado el 115?
Sí. Si durante el año has practicado retenciones por alquiler de inmuebles urbanos, tienes que presentar el resumen anual en enero.
¿El modelo 180 tiene que pagar algo?
No. Es una declaración informativa: las retenciones ya las ingresaste con los modelos 115 de cada trimestre.
¿Dónde encuentro la referencia catastral del local?
Suele aparecer en el contrato de alquiler y en el recibo del IBI; también puedes pedírsela al propietario o consultarla en la Sede del Catastro.
¿Qué hago si me equivoqué en un 180 ya presentado?
Puedes presentar una declaración complementaria, si te faltaba algún registro, o sustitutiva, si quieres reemplazar la anterior por completo.
¿Facturatum presenta el 180 por mí?
Facturatum calcula el 180 y genera el fichero oficial; tú lo importas y lo presentas en la Sede de la AEAT. Los datos del inmueble y del arrendador que no constan en Facturatum los completas a mano.
Fuentes oficiales
- Modelo 180 en la Sede de la AEAT
- Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE)
- Ley 58/2003 General Tributaria, artículo 198 (informativas fuera de plazo)
Contenido informativo. Comprueba siempre la normativa vigente en la sede de la AEAT y el BOE, o consulta a tu asesor.