Qué es el modelo 193
El 193 es el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario. No sirve para pagar: es una declaración informativa en la que cuentas a Hacienda a quién pagaste dividendos, intereses u otras rentas del capital, cuánto le pagaste y cuánto le retuviste a lo largo del año.
Con esa información, la AEAT comprueba que lo que ingresaste trimestre a trimestre con el modelo 123 cuadra con el detalle por persona, y además carga los datos en el borrador de la Renta de cada socio o prestamista. Si el 193 tiene errores, el perceptor verá cifras equivocadas en su declaración.
Quién tiene que presentar el modelo 193
- Sociedades que han repartido dividendos o participaciones en beneficios durante el año.
- Empresas y autónomos que han pagado intereses de préstamos (por ejemplo, de socios) u otros rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención.
- En general, quien haya presentado algún modelo 123 en el ejercicio.
El 193 se presenta una sola vez al año y recoge los cuatro trimestres. Si un trimestre no tuviste pagos sujetos, simplemente no aparecen; lo que importa es que el total del año coincida con lo declarado en los 123.
Plazo de presentación del 193
| Periodo | Plazo |
|---|---|
| Resumen del año anterior | Del 1 al 31 de enero |
Enero concentra muchas declaraciones: el 193 coincide con el modelo 190, el modelo 180, el modelo 390 y los modelos trimestrales del cuarto trimestre. Prepararlo con tiempo evita prisas. Tienes todas las fechas en el calendario.
Qué datos recoge el modelo 193
| Bloque | Qué recoge |
|---|---|
| Resumen del declarante | NIF y nombre del retenedor, número total de perceptores, base de las retenciones y total de retenciones del año. |
| Identificación del perceptor | NIF, apellidos y nombre o razón social y provincia de cada persona o entidad que ha cobrado. |
| Tipo de renta | Clave y naturaleza de la percepción: dividendos, intereses, otras rentas del capital mobiliario. |
| Importes | Base de la retención, porcentaje aplicado y retención o ingreso a cuenta de cada perceptor. |
| Datos adicionales | Información específica según el tipo de renta, como los datos de un préstamo o si la percepción es dineraria o en especie. |
Los datos del perceptor que tu software no conoce, como la provincia de su domicilio fiscal o los datos de un préstamo, hay que completarlos antes de generar el fichero. Merece la pena pedirlos a los socios al principio del año.
Si después de presentar el 193 descubres un error, tienes dos caminos. Una declaración complementaria sirve para añadir perceptores o registros que se quedaron fuera. Una declaración sustitutiva reemplaza por completo la anterior, por ejemplo cuando hay importes o NIF equivocados. En los dos casos tienes que indicar el número de justificante de la declaración original.
Un consejo práctico: antes de enero, revisa que cada socio o prestamista tiene bien sus datos fiscales y que cada pago del año está asociado a su perceptor. Así el 193 sale casi solo y no hay sorpresas cuando la AEAT cruce tus datos con las declaraciones de la Renta de los perceptores.
- 1
Revisa los 123 del año
Comprueba que los cuatro trimestres están presentados y que no hay pagos pendientes de registrar.
- 2
Abre el 193 del ejercicio
En Modelos Hacienda eliges el año; Facturatum agrupa los pagos y las retenciones por perceptor.
- 3
Completa los datos que faltan
Añades a mano lo que Facturatum no conoce, como la provincia del perceptor o los datos del préstamo.
- 4
Cuadra los totales
Comparas la base y las retenciones del 193 con la suma de los 123 y corriges cualquier diferencia.
- 5
Descarga el fichero oficial
Facturatum genera el fichero con el diseño oficial de la AEAT.
- 6
Importa y presenta en la Sede
Lo cargas en la Sede electrónica, lo firmas y guardas el justificante de presentación.
Errores frecuentes al hacer el 193
- Que el total de retenciones no coincida con la suma de los modelos 123 del año.
- NIF mal escrito o que no corresponde al nombre del perceptor: la declaración da error o los datos no llegan a su Renta.
- Dejar sin rellenar la provincia u otros datos obligatorios del perceptor.
- Usar una clave de percepción equivocada (por ejemplo, declarar intereses como dividendos).
- Incluir en el 193 retenciones de trabajadores o profesionales, que van en el modelo 190.
Qué pasa si lo presentas tarde
Como el 193 no tiene cuota, presentarlo fuera de plazo no genera recargo, sino una sanción fija de la Ley General Tributaria (artículo 198) que depende del número de datos que se debían declarar. Si lo presentas tarde pero sin requerimiento de Hacienda, la sanción se reduce a la mitad. Los errores o datos falsos también se sancionan, así que conviene revisar bien antes de presentar.
Relación con otros modelos
El 193 es el resumen del modelo 123, igual que el modelo 190 resume el modelo 111 y el modelo 180 resume el modelo 115. Si tu sociedad reparte dividendos, el 123 y el 193 se suman a sus obligaciones de cada año junto al modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades.
Cómo te ayuda Facturatum con el 193
Facturatum prepara el 193 a partir de los pagos y retenciones del año, agrupados por perceptor, y genera el fichero oficial para importarlo en la Sede de la AEAT. Solo tienes que completar los datos del perceptor que no constan en el programa. Si trabajas con una gestoría, puede revisarlo desde su propio acceso; mira cómo en asesorías.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presenta el modelo 193?
Del 1 al 31 de enero del año siguiente al de los pagos. Si el último día es inhábil, el plazo se alarga al siguiente día hábil.
¿Hay que pagar algo con el modelo 193?
No. Es una declaración informativa: el ingreso de las retenciones ya se hizo trimestre a trimestre con el modelo 123.
¿Qué pasa si el 193 no cuadra con los 123?
Hacienda puede pedirte explicaciones. Si te equivocaste en un 123, presenta una complementaria o una solicitud de rectificación; si el error está en el 193, corrígelo antes de presentarlo o con una declaración sustitutiva.
¿Para qué sirve el 193 al socio que cobra los dividendos?
La AEAT usa sus datos para cargar en el borrador de la Renta del socio los dividendos o intereses cobrados y las retenciones que le practicaron.
¿Facturatum genera el 193 completo?
Facturatum calcula el 193 y genera el fichero oficial para importar en la Sede; los datos del perceptor que no conoce, como la provincia o el préstamo, los completas a mano.
Fuentes oficiales
- Modelo 193 en la Sede de la AEAT
- Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE)
- Ley 58/2003 General Tributaria, artículo 198 (sanciones por no presentar declaraciones informativas)
Contenido informativo. Comprueba siempre la normativa vigente en la sede de la AEAT y el BOE, o consulta a tu asesor.