Definición
Con la regla general, el IVA se devenga cuando se realiza la operación: si facturas en marzo, declaras ese IVA en el 303 del primer trimestre aunque el cliente te pague en julio. Eso obliga a adelantar a Hacienda un dinero que aún no has cobrado. El criterio de caja retrasa el devengo hasta el cobro, total o parcial, de la factura, con un límite: si el 31 de diciembre del año siguiente sigue sin cobrarse, el IVA se declara en esa fecha.
Requisitos y exclusiones
- Volumen de operaciones del año anterior no superior a 2.000.000 €.
- Que los cobros en efectivo de un mismo cliente no superen 100.000 € en el año.
- Quedan fuera, entre otras, las operaciones en régimen simplificado, agricultura, recargo de equivalencia, las importaciones, las entregas y adquisiciones intracomunitarias y las operaciones con inversión del sujeto pasivo.
El criterio de caja también afecta a tus clientes: si un cliente te compra con este régimen, no podrá deducir el IVA de tu factura hasta que te la pague (o hasta el 31 de diciembre del año siguiente). Y tú, como acogido, no deduces el IVA de tus compras hasta que las pagas.
Ejemplo numérico
| Hecho | Fecha | IVA que declaras | En qué 303 |
|---|---|---|---|
| Cobro del 50 % | Febrero de 2028 | 1.050 € | 1.er trimestre de 2028 |
| El resto sigue sin cobrarse | 31 de diciembre de 2028 | 1.050 € | 4.º trimestre de 2028 |
Con la regla general, los 2.100 € se habrían declarado en el 303 del cuarto trimestre de 2027, en enero de 2028, antes de cobrar nada.
Dónde se declara
- [Modelo 303](/modelo-303): el IVA se incluye en las casillas habituales en el periodo del cobro o del pago, y el apartado de información adicional recoge las operaciones en criterio de caja.
- [Modelo 390](/modelo-390): tiene un apartado propio para los regímenes especiales, incluido el criterio de caja.
- [Modelo 347](/modelo-347): las operaciones en criterio de caja se marcan e informan también con los importes cobrados o pagados.
- Los libros registro deben anotar las fechas de cobro y de pago y el medio utilizado.
Errores habituales
- No poner la mención «régimen especial del criterio de caja» en las facturas.
- Olvidar devengar el 31 de diciembre del año siguiente las facturas que siguen sin cobrar.
- Deducir el IVA de las compras a un proveedor acogido antes de pagarle.
- No registrar fecha y medio de cobro: sin ese rastro es difícil justificar cuándo se devengó el IVA.
Cómo encaja en Facturatum
Facturatum registra los cobros y pagos de tus facturas y, con la conciliación bancaria, los casa con los movimientos del banco, que es la información en la que se apoya el criterio de caja. En el modelo 347, las operaciones en criterio de caja se marcan e informan con sus importes cobrados o pagados. Antes de presentar el 303, revisa el borrador con tu asesoría y ajusta a mano las casillas que haga falta.
Preguntas frecuentes
¿Me conviene el criterio de caja?
Suele interesar a quien cobra tarde y paga pronto, porque evita adelantar IVA no cobrado. A cambio exige más control y tus clientes empresarios retrasan su deducción, lo que a algunos no les gusta. Compáralo con tu asesoría.
¿Cuándo se opta por el criterio de caja?
Con la declaración censal (modelo 036), normalmente durante el mes de diciembre anterior al año en que quieres aplicarlo, o al iniciar la actividad. La opción se prorroga si no renuncias.
¿Qué pasa si una factura nunca se cobra?
El IVA se devenga igualmente el 31 de diciembre del año siguiente a la operación. Después, si se dan los requisitos de crédito incobrable, podrás recuperarlo con una factura rectificativa.
Fuentes oficiales
Contenido informativo. Comprueba siempre la normativa vigente en la sede de la AEAT y el BOE, o consulta a tu asesor.