Qué son las facturas recibidas y por qué importan
Una factura recibida es la que te emite un proveedor por una compra o un servicio: material, alquiler, gestoría, suministros, software. Registrarla bien tiene tres efectos: te permite deducir el IVA soportado en el modelo 303, lleva el gasto a tu contabilidad y a tu resultado, y deja controlado qué debes y cuándo vence. Si llegan por email, en papel o en PDF y se registran tarde, el trimestre se cierra con prisas y con IVA sin deducir.
Facturatum centraliza esas facturas en un solo listado con su PDF, su estado (pendiente, contabilizada, pagada) y sus asientos, para que tú o tu asesoría lo tengáis todo al día.
Para quién es
- Autónomos que necesitan sus gastos al día para el IVA y el pago fraccionado del modelo 130.
- Pymes que quieren contabilizar compras, existencias e inmovilizado sin teclear asientos.
- Asesorías que reciben facturas de sus clientes y necesitan revisarlas y procesarlas por lotes.
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Importa los ficheros
Arrastra a Importar los PDF de tus proveedores (también admite XML e imágenes, hasta 10 MB por archivo).
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Revisa los datos leídos
De cada PDF con texto se extraen número, fechas, importes y líneas, con un porcentaje de confianza y el proveedor de tu cartera más parecido. Corriges lo que haga falta y pasas a la siguiente.
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Elige el tratamiento del IVA
Facturatum sugiere si es una operación nacional, una adquisición intracomunitaria o una posible inversión del sujeto pasivo según el país del proveedor y si la factura trae IVA; tú confirmas.
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Completa los detalles
Retención de IRPF y su clasificación, suplidos, bien de inversión con su amortización o líneas de mercancía para el inventario.
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Procesa
Al procesar se genera el asiento de compra: gasto o existencias, IVA soportado y proveedor. Puedes procesar varias a la vez.
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Registra el pago
Marca la factura como pagada eligiendo la cuenta de tesorería y Facturatum crea el asiento del pago.
Si prefieres teclearla, el botón Crear abre un asistente por pasos (documento, datos básicos, proveedor, importes, revisión). Y si el PDF es una imagen escaneada sin texto, se adjunta igual y completas los datos a mano.
Tratamientos del IVA que cubre
| Caso | Qué hace Facturatum |
|---|---|
| Nacional | Base e IVA como figuran en la factura; IVA soportado deducible (472). |
| Adquisición intracomunitaria | Proveedor de la UE sin IVA en factura: autorepercusión, con el mismo importe en IVA soportado (472) y repercutido (477). |
| Inversión del sujeto pasivo | Servicios de fuera de la UE u operaciones con ISP: también autorepercusión 472/477. |
| Importación | Indicas el IVA liquidado en el DUA, sin autorepercusión. |
| Bien de inversión | Se marca para los libros de IVA y el 303, se lleva a inmovilizado y se genera una cuota anual de amortización (681/281) por año de vida útil. |
| Suplidos | Tasas o gastos repercutidos por el proveedor fuera de la base y del IVA: van a la cuenta 555 y se suman al total. |
Más allá del registro
- Pestaña Cumplimiento: agrupa las facturas con problemas pendientes, con su gravedad y la acción sugerida.
- Aviso de posibles duplicados: si ya existe una factura del mismo proveedor e importe en el mes, te avisa para que no deduzcas dos veces el mismo IVA.
- Plantillas de gasto para gastos periódicos (gestoría, cuotas, Registro Mercantil), mensuales o trimestrales, desde las que generas el borrador de cada vencimiento.
- Cola de pagos con lo vencido o que vence esta semana y descarga de una remesa SEPA (pain.001) para subirla a tu banco.
- Exportación del listado filtrado a Excel o CSV, y vínculo directo entre cada factura y sus asientos en el libro diario.
Requisitos para deducir el IVA
Según la Ley del IVA, solo puedes deducir el IVA soportado si tienes una factura completa a tu nombre, el gasto está afectado a tu actividad y lo deduces dentro del plazo de cuatro años desde el devengo. Un ticket o factura simplificada sin tus datos, por regla general, no basta. Las operaciones con un mismo proveedor que superen 3.005,06 € al año se declaran además en el modelo 347.
Errores frecuentes
- Confirmar la importación sin revisar base, IVA y número de factura: la lectura del PDF ayuda, pero no sustituye la revisión.
- Registrar dos veces la misma factura (por ejemplo, la recibida por email y la escaneada).
- Tratar como nacional una compra a un proveedor de otro país de la UE que no lleva IVA.
- Contabilizar como gasto un ordenador o un vehículo que es un bien de inversión.
- Dejar sin clasificar la retención de un alquiler o de un profesional, que luego falta en el 115 o el 111.
- No marcar las facturas como pagadas y perder de vista lo que debes a proveedores.
Preguntas frecuentes
¿Facturatum lee automáticamente los datos de las facturas de proveedores?
Sí, de los PDF que contienen texto: extrae número, fechas, importes, emisor y líneas, muestra un porcentaje de confianza y sugiere el proveedor de tu cartera. Siempre conviene revisar los datos antes de guardar. Los escaneos sin texto se adjuntan y se completan a mano.
¿Cómo se registra una compra a un proveedor de otro país de la UE?
Marcas el tratamiento de adquisición intracomunitaria (Facturatum lo sugiere si el proveedor es de la UE y la factura no lleva IVA). Se autorepercute el IVA: el mismo importe va a IVA soportado y a IVA repercutido.
¿Las facturas recibidas generan la contabilidad?
Sí. Al procesarlas se crea el asiento de compra (gasto o existencias, IVA soportado y proveedor) y al marcarlas como pagadas, el asiento del pago con la cuenta de tesorería que elijas.
¿Puedo pagar varias facturas de proveedores a la vez?
Puedes marcar varias como pagadas de una vez y, desde la cola de pagos, descargar una remesa SEPA para subirla a tu banco. Facturatum no envía la orden al banco por ti.
¿Dónde se guardan los PDF de los proveedores?
En el almacenamiento de tu empresa en Facturatum, vinculados a cada factura. Facturatum Pro incluye 500 MB y puedes ampliarlo con el extra de [almacenamiento](/almacenamiento).
Fuentes oficiales
- Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE)
- Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación (BOE)
Contenido informativo. Comprueba siempre la normativa vigente en la sede de la AEAT y el BOE, o consulta a tu asesor.